El enfriamiento de los precios de la vivienda es un hecho y la situación económica empuja a los posibles compradores al mercado del alquiler, también en crisis, por lo que cada vez más personas optan por adquirir su residencia en régimen de cooperativa.
Antes de nada, comprueba que esté inscrita en el Registro de Cooperativas correspondiente a tu Comunidad Autónoma y toma nota de las claves de ‘lamadredelascooperativas’ (LACOOOP), portal especialista en cooperativas de viviendas:
– Vivienda a precio de coste. La cooperativa de viviendas es un régimen de autopromoción que permite a sus socios obtener una casa en estas condiciones.
-Los socios son los protagonistas. Los compradores adquieren la condición de copromotores al no existir la figura del promotor inmobiliario, por lo que participan activamente en el diseño y desarrollo de la promoción.
– Ahorro del 20%. Al eliminarse la comisión del promotor, éste es el porcentaje medio de ahorro respecto a la compra de otro tipo de residencia. idealista.com apunta además que existe el margen de la gestora, que está entre el 9 y el 12%.
– Método de ahorro. Una vez iniciada la comercialización de la promoción, los socios cooperativistas entregan a la gestora unas cantidades que oscilan entre un 20 y el 25% del precio total, un método excelente para ahorrar mensualmente.
– A menor hipoteca, menores intereses.Gracias a las aportaciones de los socios, el montante económico necesario para asegurar la construcción en el plazo convenido es inferior, de ahí que al solicitarse un préstamo hipotecario de una cuantía menor, el pago de intereses sea más bajo.
– Evitar riesgos. El papel de la gestora de la cooperativa es vital para que el proyecto llegue a buen término, por lo que es importante que cumpla con varios aspectos: experiencia demostrada, muchas viviendas entregadas, solvencia económica y comunicación fluida con los socios. Y hay que saber si el terreno ya es propiedad de la cooperativa y si es urbanizable o protegido. Todo, en el Registro de la Propiedad.
– Derechos y deberes. Los socios pueden ejercitar todos los derechos (el de participación, de voto, de información y de baja voluntaria) y deben cumplir todos los deberes recogidos en la Ley y en los Estatutos de la cooperativa (destaca el de cumplir los acuerdos adoptados, aceptar los cargos para los que hayan sido elegidos y cumplir con las aportaciones económicas).
Con el mercado inmobiliario en crisis, ésta es una opción más que aceptable
-Aportaciones garantizadas. La ley obliga a las gestoras de las cooperativas a garantizar las cantidades entregadas por los socios a cuenta de sus viviendas. Y le da dos vías para hacerlo: a través de un seguro de caución o mediante avales solidarios.
-Baja voluntaria. Por último, el socio podrá darse de baja voluntariamente en cualquier momento y tendrá derecho a recibir la devolución de todas las cantidades entregadas desde la concesión de la licencia de obra mayor.
Ver más información en la página web https://lacoop.com/.
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